Guía para inversionistas
Due diligence de una franquicia en Panamá
Due diligence es la investigación que haces antes de firmar. En Panamá no hay una circular de oferta obligatoria que te la sirva hecha, así que la lista es tuya. Cinco bloques, en el orden en que conviene recorrerlos.
Última actualización: 20 de septiembre de 2026.
Bloque 1. La marca y su titular
- Registro de la marca ante la DIGERPI: clase, titular, vigencia. Que el titular sea quien firma contigo o que tenga licencia documentada.
- Sociedad franquiciadora en el Registro Público de Panamá (si es panameña) o en su registro de origen: existencia, representantes, antigüedad.
- Historial de la marca: año de inicio de franquicias, países, número de unidades, cierres. Contrasta con prensa identificable.
- Litigios conocidos con franquiciados. En Estados Unidos el FDD los lista; para otras marcas, pregunta y busca.
Bloque 2. Quién opera en Panamá
- Si hay master o operador nacional: contrato vigente con la marca, desde cuándo, hasta cuándo, y qué pasa con tu unidad si el master pierde los derechos.
- Unidades que ese operador ha abierto y cerrado en Panamá, con fechas.
- Quién te dará formación, abastecimiento y soporte: la marca, el master o un tercero.
- Ejemplos del censo: Subway opera bajo master de Grupo Vierci desde marzo de 2026; KFC y Dairy Queen bajo Platinum Brands desde junio de 2024. Cambios de operador ocurren, y tu contrato debe preverlos.
Bloque 3. Las cifras
- Estados de resultados de dos o tres unidades comparables, de al menos dos años.
- Desglose de la inversión total: canon, obra, equipo (con aranceles si se importa), inventario, formación, depósitos, capital de trabajo.
- Royalty y cuota de marketing: porcentaje, base de cálculo (ventas brutas con o sin ITBMS), periodicidad, mínimos.
- Compras obligatorias: qué debes comprar a la marca o a proveedores designados y a qué precio frente al mercado.
- Conversaciones con al menos tres franquiciados actuales y uno que haya salido. Pregunta por ventas reales, soporte recibido y qué harían distinto.
Bloque 4. El contrato
- Territorio: qué zona, con qué exclusividad y qué puede abrir la marca dentro de ella (kioscos, delivery, venta online).
- Duración, renovación y condiciones de renovación (nuevo canon, reforma del local).
- Terminación: causales, plazos de cura, qué ocurre con local, equipo, inventario y personal.
- No competencia durante y después; confidencialidad; cesión y venta de la unidad.
- Ley aplicable y foro. Un contrato regido por leyes extranjeras con arbitraje fuera de Panamá encarece cualquier disputa.
- Inscripción de Franquicia ante la DIGERPI: si procede y quién la tramita. Lo evalúa el abogado.
- Revisión completa por abogado habilitado en Panamá. No firmes con la versión "estándar que nadie cambia".
Bloque 5. Tu propio plan
- Ubicación concreta con alquiler cotizado, no "una plaza en la ciudad".
- Permisos municipales y licencias del sector (alimentos, salud, educación) a tu nombre o al de tu sociedad.
- Plan financiero con un contador: capital total, meses sin ingresos, financiamiento y su costo, escenario de cierre.
- Tu papel: si vas a operar, cuenta tu sueldo como costo; si pones gerente, cuenta su sueldo y tu tiempo de supervisión.
- Datos personales de tus clientes y empleados: obligaciones bajo la Ley 81 de 2019 desde el primer día.
Qué pedir por escrito
Todo lo que te digan de palabra sobre ventas, plazos de recuperación, exclusividad o soporte, pídelo por escrito y que forme parte del contrato o de un anexo. Lo que no está en el contrato no existe cuando hay un problema.
Cuánto cuesta hacerlo bien
Una revisión de contrato y de titularidad de marca por un abogado en Panamá y un plan financiero con un contador cuestan una fracción del canon de entrada. Es el dinero mejor gastado del proceso, y una marca seria no se molesta porque lo hagas.
Guía editorial de PanaFranquicias. No es asesoría de inversión ni jurídica. Última revisión: 20 de septiembre de 2026. Términos en el glosario.